Administración

Funciones de la Administración
Entre las funciones de la administración podemos destacar: Gestionar de forma eficiente los recursos locativos y financieros de nuestro conjunto; coordina, apoya y supervisa las diferentes actividades; velar por la seguridad y el aseo de las zonas comunes del conjunto; atender observaciones, sugerencias y quejas de los residentes y/o copropietarios.
La administración ha creado esta página web como medio de comunicación y acercamiento a toda la comunidad, con el fin de mejorar los procesos de solicitudes, quejas, reclamos; generar sugerencias de los residentes para la copropiedad, pagar de forma rápida y segura la cuota de administración por medio de pago electrónico PSE y mantener informada a la comunidad con últimas actividades realizadas en nuestro conjunto.
Equipo
Estas son la personas que conforman el equipo administrativo en el conjunto Torres de Hayuelos:

Arthur Gómez
Comunicador social y periodista bilingüe de la Universidad Internacional de la Florida en Miami y Magíster en Ciencias Políticas de la Universidad de Los Andes. Certificado en American Government: Constitucional Foundations de la Universidad de Harvard. Con experiencia de más de 5 años en Propiedad Horizontal como administrador y presidente de consejos.

Adriana Yarpaz
Contador Público Titulada con 15 años de experiencia en las labores de contabilidad y administración de propiedad horizontal, aplicación de las normas legales vigentes. Caracterizada por la responsabilidad en mis labores, con capacidad de liderazgo y trabajo en equipo.

Carlos David Ordonez
Horarios
Oficina Administración 2024
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Horarios
- Lunes a Jueves 6 pm – 9 pm
- Cartera (Segundo sábado de cada mes) 9 am - 12 pm

Servicios
Junta Administradora
Consejo de Administración
El consejo de administración tiene como funciones principales la coordinación, administración y asesoramiento de la administración de turno en una propiedad horizontal.
El consejo de administración es un órgano de la propiedad horizontal que tiene como finalidad servir de intermediario entre los copropietarios y el administrador. Su principal función consiste en tomar decisiones para el cumplimiento de los fines de la persona jurídica, además de coordinar, orientar y asesorar a la administración de turno.
Según establece el artículo 53 de la Ley 675 de 2001, el consejo de administración debe ser constituido de manera obligatoria en:
- Los conjuntos de uso comercial o mixto, integrados por más de 30 bienes privados (sin tener en cuenta parqueaderos o depósitos).
De manera potestativa en:
- Los conjuntos destinados a su uso comercial o mixto, que contengan un número inferior o igual a 30 bienes privados (sin tener en cuenta parqueaderos o depósitos).
- Los edificios o conjuntos destinados a su uso residencial, integrados por más de 30 bienes privados (sin tener en cuenta parqueaderos o depósitos), previa aprobación de la asamblea de propietarios.
El consejo de administración debe estar conformado por un número impar de integrantes, por lo que será necesario que se constituya con mínimo tres miembros, a propósito de los cuales es preciso que sean propietarios, o sus delegados, en caso de que los primeros no puedan asistir a las reuniones.
La elección de los consejeros es realizada por la asamblea de propietarios mediante quórum, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 45 de la mencionada Ley 675 de 2001.
Los miembros que conforman el Consejo de Administración en el período 2024 son:
Susan Arévalo (2-705)
Hernando Vásquez (2-804)
Margy Vargas (5-102)
Adriana Vargas (5-302)
María Teresa Díaz (5-502)
Daniel Cruz (6-402)
Comité de Convivencia
Su principal función es ser un mediador de resolución de conflictos. De este modo, se encarga de garantizar una correcta y placentera convivencia entre todas las personas que hacen vida en la copropiedad.
El comité de convivencia es un órgano de constitución estatutaria dentro de una propiedad horizontal. Sus funciones y responsabilidades se fundamentan en el reglamento interno de la propiedad.
Su principal función es ser un mediador de resolución de conflictos. De este modo, se encarga de garantizar una correcta y placentera convivencia entre todas las personas que hacen vida en la copropiedad.
Aunque no es un ente de carácter legal o jurídico, es una primera instancia de entendimiento para solucionar las controversias del día a día. Así, los propietarios y residentes tienen una alternativa primaria para evitar los procedimientos legales tradicionales.
En caso de que los conflictos no puedan ser resueltos por el comité, este puede referir el caso a los órganos legales pertinentes. Todas estas acciones siempre se realizarán en pro de la sana convivencia y relacionamiento de los residentes.
El comité de convivencia debe estar conformado por al menos 3 personas que tengan una participación activa en la propiedad horizontal. Estos pueden ser propietarios o residentes arrendatarios con cierto tiempo de antigüedad en el inmueble.
Los integrantes y responsables del comité son elegidos por la asamblea de propietarios de forma anual. Allí también se determinarán los roles de cada miembro y sus responsabilidades.
Sin embargo, ya que los miembros del comité hacen postulaciones voluntarias, también son libres de solicitar su remoción cuando lo deseen.
De este modo, se puede garantizar que el comité de convivencia está conformado por personas que estén disponibles y a disposición en todo momento. Así los asuntos que se presenten a discusión serán debidamente abordados.
El comité de convivencia cumple con la función de ente regulador y mediador. Es una primera instancia de diálogo y acuerdo para evitar que la situación escale a niveles legales o jurídicos.
Este órgano tiene la capacidad para mediar en todo tipo de casos que concierne a la propiedad horizontal y a la convivencia de los residentes. Desde el apropiado uso de los espacios comunes, hasta malentendidos o peleas entre los propietarios, dado que pueden existir ciertas situaciones que se deben atender a tiempo y de forma asistida para su correcta resolución.
Al ampararnos en la acción del comité se podrán evitar grandes gastos en tiempo y dinero por los órganos legales tradicionales. Esto sin contar que también se le da un carácter de importancia a la gestión de la propiedad, aumentando su confianza y respeto.
Los miembros que conforman el Comité de Convivencia en el período 2023 son:
William Becerra (4-304)
Nubia Lancheros (4-501)
Esperanza Sarmiento (6-404)
Formas de Pago

Pago PSE
Para realizar el pago electrónico PSE: Ver video explicativo.
Corresponsal Bancario Caja Social
Debe utilizar la tarjeta recaudo empresarial con el convenio 15737640. (Esta tarjeta fue entregada por la administración, si usted no ha reclamado la tarjeta, por favor solicítela en la oficina de administración).
Consignación Banco Caja Social
Cuenta Corriente 21003692443 a nombre de CONJUNTO RESIDENCIAL TORRES DE HAYUELOS ETAPA 1 – PROPIEDAD HORIZONTAL
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